PROMOCIÓN AHORRO 2018 de SEGUROS EL CORTE INGLÉS Contenido, condiciones, compromiso de permanencia y fiscalidad

CONTENIDO DE LA PROMOCIÓN:

Entrega gratuita de una Tarjeta Regalo de El Corte Inglés por un importe igual al 1% del total de las Aportaciones Computables, a los clientes que, cumpliendo las Condiciones de la Promoción, realicen aportaciones o traspasos de entrada externos por un importe igual o superior a 2.500 € a los Planes de Pensiones Afectados. Este importe no podrá exceder de los 1.000 €.

Este porcentaje se podrá incrementar en un 1% adicional, con un límite máximo en la Tarjeta Regalo de hasta otros 500 €, por:

  • O bien, contratar un seguro de los ramos de Hogar, Autos, Salud, Accidentes, Vida o Decesos.
  • O bien, realizar una aportación a un Fondo de Inversión o a los productos Ahorro Garantía ECI (SIALP) o Ahorro Crecimiento (Unit Linked), por un importe conjunto entre estos tres productos de al menos 10.000 €.

CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN:

  • Entidad Responsable de la Promoción: Seguros El Corte Inglés, Vida, Pensiones y Reaseguros, S.A.U (en adelante SECI).
  • Duración de la Promoción: Desde el 1 de octubre de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018.
  • Planes de Pensiones Afectados: "Plan de Pensiones SECI Renta Fija", "Plan de Pensiones SECI Pensiones" y "Plan de Pensiones SECI Bolsa Activo”, comercializados tanto por SECI, como por Centro de Seguros y Servicios, Correduría de Seguros, S.A.U, Grupo de Seguros El Corte Inglés (en adelante CESS).
  • Productos Afectados para obtener el 1% adicional: Contratación durante la duración de la Promoción de nuevos riesgos asegurados en los ramos de Hogar, Autos, Salud, Decesos, Accidentes y Vida o nuevos Fondos de Inversión (o aportación a Fondos de Inversión existentes), Ahorro Garantía ECI/Sialp y Ahorro Crecimiento (Unit Linked), comercializados tanto por SECI como por CESS.
  • Aportaciones Computables: Aportaciones y traspasos de entrada externos de importe igual o superior a 2.500 € que se realicen a los Planes de Pensiones Afectados, siempre que hayan sido solicitados durante el período de Duración de la Promoción y se acaben materializando, con independencia de que dicha materialización se produzca después de la finalización de la promoción. Se excluyen los traspasos de entrada con origen en planes de pensiones o planes de previsión asegurados gestionados o asegurados por SECI. Igualmente para obtener el 1% adicional en la contratación de los Productos Afectados, tendrán que ser contratados durante la Duración de la Promoción, con independencia de que su fecha de entrada en vigor sea posterior y no provenir de otro seguro de la misma naturaleza comercializado por SECI o CESS.
  • Gestión de la Promoción y entrega de Tarjetas Regalo: Durante el mes de febrero de 2019, se les informará a los clientes del importe de su bonificación y se les entregará un código que deberá ser presentado junto a su DNI, en cualquier mostrador del Servicio de Atención al Cliente de cualquiera de los centros comerciales de El Corte Inglés e Hipercor a efectos de recibir su tarjeta regalo.

El 1% adicional correspondiente a la contratación de los Productos Afectados, se les entregará igualmente a partir de febrero 2019, siempre y cuando haya transcurrido dos meses del pago del primer recibo. En caso contrario, éste 1% adicional se abonará cuando se cumpla dicho plazo informándole del importe de su bonificación y de la forma de entrega.

El plazo para la recogida de la tarjeta regalo finaliza a los dos meses desde la comunicación del código.

COMPROMISO DE PERMANENCIA

Para beneficiarse de esta promoción el cliente se compromete a mantener las Aportaciones Computables que le dieron derecho a obtener su Tarjeta Regalo de El Corte Inglés y, en su caso, los Productos Afectados para obtener el % adicional, al menos, hasta el 31 de diciembre de 2020. No se podrán realizar movilizaciones de dichas Aportaciones Computables, ni totales ni parciales, a Entidades Gestoras distintas de SECI.

En caso de que el Partícipe incumpliera este compromiso de permanencia, la Entidad Gestora se reserva el derecho a solicitarle, en concepto de penalización, la devolución del importe proporcional al plazo incumplido, calculado de la siguiente manera:

     Penalización= Importe tarjeta regalo x (nº de días exigidos – nº de días cumplidos/ nº de días exigidos)

Nº de días exigidos = días transcurridos desde la fecha en la que se haga efectiva la aportación o el traspaso, o, en su caso, desde la fecha de efecto de los Productos Afectados hasta el 31/12/2020.

Nº de días cumplidos = días transcurridos desde la fecha en la que se haga efectiva la aportación o traspaso hasta la fecha en la que se realice la movilización total o parcial o se anulen los Productos Afectados.

El participante autoriza expresamente a la Entidad Gestora a cargar este importe en la cuenta designada por él mismo para realizar las aportaciones.

FISCALIDAD:

La entrega de la Tarjeta Regalo de El Corte Inglés prevista en esta promoción tiene para el cliente que la recibe la consideración, a efectos fiscales, de rendimiento del capital mobiliario y está sujeta, en consecuencia, a la obligación de practicar sobre la misma el ingreso a cuenta previsto en el artículo 75.1.b) del vigente Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. SECI se hará cargo del citado ingreso a cuenta sin que ello implique detracción alguna para los clientes que se beneficien de esta promoción.

SEGUROS EL CORTE INGLÉS, VIDA, PENSIONES Y REASEGUROS, S.A.U. Nº REGISTRO DGSFP: GO154 / Dom. Social: Hermosilla 112, 28009 – Madrid. N.I.F. A- 79346839 / I. R. M. de Madrid, Tomo 3863, Folio 54, Sección 8ª, Hoja M-64854, Inscripción 13.